sábado 20 de abril de 2024
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Perdió un Procrear por un mal ingreso al Veraz: confirman condena a telefónica

lunes 25 de enero de 2021

Telefónica deberá resarcir a una vecina viedmense porque le abrió una línea telefónica sin su consentimiento en Mar del Plata y luego la ingresó al Veraz, lo que le generó la pérdida de un crédito hipotecario. Recientemente, la Cámara denegó una apelación de la empresa de telecomunicaciones y confirmó la sentencia de primera instancia.
Si se suma el resarcimiento y la multa, deberá pagar un millón de pesos más intereses. La vecina había salido sorteada en el Procrear, pero se vio sorprendida porque el banco le dijo que no podía acceder al préstamo porque figuraba en el Veraz. Al averiguar, verificó que se debía a una deuda con Telefónica por una línea que nunca pidió y en una ciudad en la que nunca vivió.

Tras el fallo de primera instancia, Telefónica apeló. Concretamente dijo que la inclusión en el Veraz no había sido la causa de la pérdida del Procrear, sino que la vecina no había presentado todos los papeles. También impugnó el resarcimiento por daños, alegando que los meros sinsabores no pueden generar la indemnización.
El fallo
Al analizar la apelación, la Cámara expresó que “no se encuentra rebatido que la demandada habilitó una línea a nombre de la actora con característica de la ciudad de Mar del Plata y que ésta que no solicitó ese servicio. Tampoco se debate que como consecuencia de esa operatoria desconocida y, por ende, de su falta de pago, la señora fue incluida por Telefónica de Argentina SA en la base de datos del Veraz”.
Para los jueces “la consumidora logró probar la pérdida de chance ha conseguido documentar que el “no tener antecedentes negativos en el sistema financiero en los últimos 12 meses”, es uno de los requisitos generales de la operatoria”. Con ello desacreditó el planteo de Telefónica.
En un segundo punto, la empresa cuestionó el daño extrapatrimonial: “los meros sinsabores no alcanzan a configurar” este rubro. Sin embargo, el fallo argumentó que “la sola incorporación de una registración negativa en la base de deudores del sistema financiero, lleva a presumir la existencia de un quebranto ilícito a la tranquilidad de espíritu siempre que su corrección o subsanación demandará una serie de trámites a cargo de quien injustamente ha sido objeto del mismo”.

Por último, se refiere al daño punitivo. Este rubro “juega un rol preventivo, disuasivo, ejemplificador o sancionatorio”. Explica la sentencia que la normativa de Defensa del Consumidor, “bajo ese rótulo dispone que “al proveedor que no cumpla sus obligaciones legales o contractuales con el consumidor, a instancia del damnificado, el juez podrá aplicar una multa civil a favor del consumidor, la que se graduará en función de la gravedad del hecho y demás circunstancias del caso, independientemente de otras indemnizaciones que correspondan”.
De esta manera, confirmó la sentencia inicial en cuanto a los rubros de condena y montos indemnizatorios, con la imposición de los intereses.