viernes 26 de abril de 2024

Empresa fue multada por obligar a su ex empleado a judicializar el caso para cobrar

lunes 20 de septiembre de 2021

Cipolletti.- Una empresa que despidió a un empleado deberá pagarle la liquidación final con el “agravamiento indemnizatorio” de la ley 25.323. El trabajador se vio obligado a iniciar acciones legales luego de reclamarle a la firma que no le estaban abonando lo que correspondía. Un fallo de la Cámara Laboral de Cipolletti fijó una suma a favor, cercana a los 350 mil pesos más intereses.

En el caso, el trabajador petrolero fue despedido sin causa y la firma, que presta servicios a la industria de los hidrocarburos, puso a disposición del hombre la liquidación final.
Sin embargo el trabajador advirtió que había diferencias entre lo que le habían depositado y lo que le correspondía por ley. Intimó por carta documento el correcto pago pero la empresa se negó.
En consecuencia inició el juicio ante la Cámara del Trabajo de Cipolletti. El fallo le reconoció al empleado despedido diferencias en la indemnización por antigüedad, la indemnización por preaviso y la multa prevista en la ley 25.323. En total deberán abonarle al ex empleado la suma de 343.408,80 pesos más intereses.
No más cheques
El uso del sistema de banca electrónica (e-Bank) para realizar todos los pagos derivados de sentencias, como indemnizaciones, honorarios, impuestos y contribuciones es obligatorio desde 2017 en todos los organismos del Poder Judicial de Río Negro.

De esta manera, entre otros beneficios, se evita que la ciudadanía y operadores judiciales deban esperar por sus cheques en las mesas de entrada de los juzgados y luego hacer colas en las ventanillas bancarias. Las personas que viven en otras localidades, además, pueden hacer sus gestiones sin necesidad de viajar.
A ello se le suma el expediente ciento por ciento digital, vigente desde el 1 de agosto del año pasado para todos los fueros.