jueves 18 de abril de 2024
ENTERATE DE TODO AL INSTANTE. Sumate a la comunidad de NoticiasNQN en WhatsApp

Cipolletti: sin cambios en la actividad comercial

jueves 22 de octubre de 2020

Desde la Municipalidad de Cipolletti aclararon este jueves que no habrá cambios en la actividad comercial de la ciudad
La municipalidad de Cipolletti aclara que continúa vigente la Resolución 1570, que permite el funcionamiento de distintas actividades comerciales en nuestra ciudad, y que por el momento no se evalúan cambios a dicha normativa.

  • El comercio en general, continúan con el mismo horario de apertura: lunes a sábados de 9 a 20 hs.
  • Los establecimientos gastronómicos con salones para consumir alimentos en el local, podrán funcionar operando como máximo al 50% de su capacidad habilitada:
  • A: Horarios de apertura y atención en salón: de lunes a miércoles, de 8 hs a 20 hs, jueves a sábado de 8 hs a 24 hs, y domingo de 9 hs a 15 hs.
  • B: Horario de retiro de alimentos en local o take away: de lunes a sábados de 8 hs a 24 hs., y domingo de 9 hs a 15 hs.
  • C: Horario de delivery: de lunes a domingo de 8 hs a 24 hs. D: Las Heladerías podrán funcionar de Lunes a Domingo de 9 hs a 24 hs.

Las actividades deportivas- recreativas no hubo cambios por el momento. Los natatorios, gimnasios, canchas de padel y tenis, los centros de artes marciales, pilates, yoga, taichi y afines pueden funcionar de lunes a sábados de 9 a 21 hs. El kartódromo de la isla Jordán sigue habilitato de lunes a sábados de 9 a 20 hs.

Se ratifica la plena vigencia del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, se prohíbe en el ejido de Cipolletti realizar reuniones sociales o familiares entre grupos no convivientes, cualquiera sea el espacio físico, público o privado, con la excepción de lo autorizado en el Art. 15º.
Se recuerda la prohibición de circular dentro del éjido municipal, entre las 24.00 hs y las 6.00 hs, a aquellas personas que no se encuentran incluidas entre el personal esencial definido .
Se encuentra en plena vigencia la obligatoriedad del uso de tapabocas o protectores buco-nasales, y la medida del distanciamiento social de 2 mts. entre personas, tanto en la vía pública como en todos los locales comerciales, oficinas y consultorios con atención al público.

Algunas de las modificaciones se pueden observar en el artículo Art.15º dónde se autoriza la realización de celebraciones religiosas o de culto con un máximo de hasta 10 (diez) asistentes, debiendo todos los asistentes utilizar barbijos o tapabocas y mantener el distanciamiento social de 2 mts.
La resolución 1570 /2020 comenzó a regir a partir de las 00 hs. del día 15 de octubre, y seguirá en vigencia hasta las 24 hs. del 31 de octubre.