sábado 4 de abril de 2026
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Condenan a Banco Santander Río por negar reincorporación a empleado tras licencia médica

Un trabajador que se encontraba en tratamiento psiquiátrico fue impedido de retomar su puesto tras un año de licencia; el fuero laboral dictó sentencia a favor y ordenó el pago de salarios, antigüedad y preaviso.
viernes 20 de febrero de 2026

En Roca, un hombre que trabajó trece años en el sector de cajas de una sucursal bancaria fue impedido de retomar su tarea luego de un año de licencia médica por problemas de salud mental derivados de la presión laboral.

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Tras obtener el alta médica, la gerencia del Banco Santander Río S.A. le prohibió el ingreso a las instalaciones y suspendió el pago de sus haberes. Ante la falta de respuestas, el trabajador dio por terminado el vínculo laboral.

El fuero laboral de Roca falló a favor del empleado y condenó al banco a abonar diferencias salariales, antigüedad, preaviso y otros conceptos. El tribunal también ordenó la entrega inmediata de certificados de servicios y el reconocimiento de los sueldos no percibidos durante la licencia.

Los jueces determinaron que la entidad incurrió en faltas graves, incluida la negativa injustificada de otorgar tareas, y subrayaron que la Ley de Contrato de Trabajo garantiza remuneración al trabajador afectado por accidentes o enfermedades inculpables que impidan la prestación del servicio.

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El banco había argumentado que la afección psiquiátrica derivó de una fractura sufrida en su domicilio y negó relación con el vínculo laboral, pero no presentó pruebas que respaldaran su versión. Por el contrario, el alta médica otorgada por un profesional fue aceptada y no cuestionada, lo que fundamentó la sentencia.

“El actor tenía derecho a ser reincorporado al trabajo luego del alta médica y, al no permitírselo sin ninguna razón valedera, violó el deber de ocupación”, concluyeron los magistrados, que confirmaron la gravedad de los incumplimientos contractuales y respaldaron la indemnización correspondiente.

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