Ordenan a rotisería pagar diferencias salariales y despido a ex empleada
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“Andá que te llamamos”, le dijeron los dueños de una rotisería del Alto Valle a una de las cocineras. La mujer había superado el período de prueba y reclamó la registración laboral. La despidieron, hizo un juicio y consiguió un fallo favorable de la Cámara del Trabajo de Cipolletti.
La trabajadora cumplía tareas inherentes a la elaboración de comidas y limpieza del local. Además, atendía al público, era bachera y ayudante de cocina. Cuando inició la demanda, reclamó diferencias remuneratorias e indemnización por el despido sin causa. El tribunal ordenó a los dueños de una rotisería del Alto Valle reconocer la relación laboral y compensar económicamente a la mujer.
Después de desempeñarse los tres meses de prueba, la trabajadora remitió una intimación a sus empleadores exigiendo la regularización de su situación laboral y el pago de las diferencias salariales. Los propietarios del local gastronómico negaron la relación laboral, lo que llevó a la trabajadora a considerarse despedida. Posteriormente, también solicitó la entrega de los certificados de trabajo, petición que fue desatendida.
El tribunal declaró en rebeldía a los demandados debido a su ausencia en las audiencias y su falta de respuesta a la demanda. Durante el proceso, se recogieron testimonios que corroboraron las afirmaciones de la trabajadora sobre sus tareas y condiciones laborales.
La Cámara del Trabajo resolvió que la relación laboral existió y que la trabajadora debía haber percibido una remuneración acorde a la escala salarial del convenio colectivo. Ante la ausencia de pruebas que desvirtuaran las declaraciones de la mujer, el tribunal dio por ciertos los hechos expuestos.
El fallo ordenó a los empleadores abonar una suma total en concepto de diferencias salariales, indemnizaciones por despido y sanciones previstas en la ley de indemnizaciones laborales. Además, el tribunal dispuso la confección y entrega de los certificados de trabajo y servicios correspondientes, bajo apercibimiento de aplicar sanciones en caso de incumplimiento.
La sentencia también incluyó la notificación a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Secretaría de Trabajo de Río Negro y la asociación sindical y obra social correspondientes para que tomen conocimiento de la situación.