lunes 20 de mayo de 2024

Previsional

Jubilaciones: las claves para entender cómo serán los aumentos

La norma contiene una serie de eslabones legales que deben cumplirse, de allí que su redacción deja abiertos algunos interrogantes.
martes 26 de marzo de 2024

El gobierno oficializó este lunes el DNU 274/2024 por el cual las jubilaciones comenzarán a actualizarse por el Índice de Precios al Consumidor, con dos meses de rezago. 

Pero lo concreto es que desde el Ministerio de Economía confirmaron que las jubilaciones en abril aumentarán 13,2% (inflación de febrero), más un tramo compensatorio de 12,2%, más el bono de $70.000.

Puesto en números, desde el mes que viene la jubilación mínima pasará de $137.216 a $172.463. Con el bono de $70.000 escalarán a la zona de los $242.000.

  • Los haberes de los jubilados aumentarán en el orden de 27,5% en abril a partir de la publicación del Decreto que oficializó la nueva fórmula de ajuste.
  • En mayo y junio, el haber final será ajustado por la inflación de marzo y abril (lo que se conoce cono t-2) pero la forma de llegar a ese número será la siguiente: se abonará bajo la forma de “pago a cuenta”, dado que ese porcentaje deberá calcularse en base a la ley aún vigente que es trimestral.
  • Por ejemplo, si con la ley actual el trimestre (abril, mayo junio) dio un aumento de 17% y la inflación fue de 20%, cobrarán los 3 puntos adicionales.
  • El bono de $70.000 continuará vigente y los haberes mínimos lo cobrarán de manera completa completa.
  • De esa manera, el cálculo que realiza el Gobierno es que la recomposición del período será del 62% si se tiene en cuenta también el 27,2% de suba que otorgó la fórmula vigente hasta esta última modificación.
  • Dado que en julio ya queda derogada la ley actual, se comienza con el cálculo directo con la inflación de mayo.
  • Así las cosas, en julio se abonará la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente a mayo de 2024. En agosto se abonará la variación correspondiente a junio, y así sucesivamente.
  • Lo que quedará en forma discrecional a cargo del Poder Ejecutivo será el monto de los bonos, que en caso de no actualizarse favorecerán la licuación de los haberes jubilatorios.
  • El ajuste por inflación hace que no exista ningún mecanismo para que los haberes jubilatorios recuperen el poder adquisitivo perdido.
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