lunes 20 de mayo de 2024

Tarjetas

El Banco Central aumentó del 140,86% de la tasa de interés en las tarjetas de crédito

lunes 08 de enero de 2024

Este lunes, El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció un aumento del 140,86% de la tasa de interés en las compras realizadas con tarjetas de crédito durante enero 2024. Este brusco aumento sale de promedio mensual ponderado por monto y en porcentaje nominal anual.

La inflación en CABA fue de 21,1% en diciembre y acumuló 198,4% en todo 2023
“El valor de la tasa de interés del sistema financiero para operaciones de préstamos personales sin garantía real que se menciona en el punto 2.1.2. de la sección 2 de las normas sobre ‘Tasas de interés en las operaciones de crédito’, correspondiente a la información de diciembre 2023, será aplicable para las operaciones del ciclo de facturación de enero 2024″, informó el Banco Central.

Según la información que brinda el BCRA, la tasa de interés no podrá superar en más del 25% el guarismo promedio del sistema financiero para las operaciones de préstamos personales sin garantía real. Desde enero 2024 ascenderá al 140,86%.

Qué dice el DNU sobre las tarjetas de crédito
Con respecto a los puntos más destacados del decreto para las tarjetas de crédito, se encuentra una fuerte desregulación y simplificación en el mercado de tarjetas de crédito, en respuesta a los cambios recientes en las modalidades de relacionamiento y las tecnologías de digitalización.

Además, con el DNU “se redefinirá el sistema de tarjetas de crédito como un conjunto de contratos individuales con tres finalidades principales: permitir operaciones de compra o locación de bienes y servicios, diferir el pago o las devoluciones para el titular, y abonar a los proveedores de bienes o servicios los consumos del usuario”.

También, se estableció que “cualquier entidad podrá emitir tarjetas de crédito o hacer efectivo el pago”. Con respecto a la denominación de la tarjeta de crédito, se define como “un instrumento de identificación del usuario que puede ser físico o virtual, magnético o de cualquier otra tecnología emergente, emanado de una relación contractual previa entre el titular y el emisor”.

Las nuevas medidas buscarán derogar varios incisos de la ley anterior, exigirán “transparencia en las tasas de financiación, obligando a las entidades emisoras a dar a conocer públicamente la tasa aplica al sistema de tarjeta de crédito”.

Otra de las medidas del DNU, establecerán que “los intereses punitorios no sean capitalizables” y los emisores deben enviar un resumen mensual detallado de las operaciones realizadas por titular o autorizados.

Por último, se especificó que el resumen “debe ser recibido por el titular con una anticipación mínima de cinco días antes del vencimiento del pago”.

En las medidas detallaron “los elementos mínimos que debe contener el contrato tipo entre el emisor y el proveedor” incluyendo plazos de vigencia, topes máximos por operación, comisiones, intereses, cargos administrativos, y otros requisitos.