sábado 20 de abril de 2024
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La ANMAT prohibió budines, alfajores, galletitas, cacao y aceites

jueves 16 de enero de 2020

La Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología Médica ( ANMAT) prohibió budines, alfajores, galletitas, cacao orgánico, un mix de especias y aceite de nuez y girasol en seis disposiciones que publicó en el Boletín Oficial.
En la resolución 178/2020, la ANMAT prohibió la comercialización en toda la Argentina de el budín Delicias "sabor chocolate relleno con dulce de leche y mousse sabor chocolate cubierto con baño de repostería y chips de chocolate", RNPA 02-577188, lote L47 33, marca Nevares, vencimiento 01/04/2019, RNE 02-031531; y la "mini torta sabor chocolate con dulce de leche y mousse sabor a vainilla cubierta con baño de repostería", RNPA 02-578902, marca Para Ti, RNE 02-031531, lote L28 62/1, vencimiento 27-06-19.

Lo mismo sucedió en el caso de las "galletitas dulces rellenas con dulce de membrillo", marca Aires de Luján, nombre de fantasía Pastafrola, RNE 02-031531, RNPA 02-593287, vencimiento 29/07/2019, lote L 44 62; y "galletitas dulces con membrillo", marca Aires de Lujan, nombre de fantasía Pepas con membrillo, RNE 02-030718, RNPA 2906- 17774/17, vencimiento 24/06/2019, lote L 39 13.
La ANMAT estableció que en estos casos, los productos sobrepasaron los límites de ácidos grasos trans (2% del total de grasas en aceites vegetales y margarinas; el 5% del total en los otros alimentos) permitidos por el Código Alimentario Argentino.

Por otra parte, la resolución 176/2020 prohibió la comercialización del aceite 100% girasol marca "El Sol", al estar "falsamente rotulado, indicar números de registro de establecimiento y de producto inexistentes".

También prohibió la comercialización de "Cacao Nibs Raw y Orgánicos", marca Prana, producto de Ecuador porque no consigna "identificación del titular (razón social; número de RNE; dirección), denominación, identificación del lote, número del Registro Nacional de Producto Alimenticio y además en el rótulo figuraban leyendas y logos no autorizadas por la normativa".


También prohibió las "'Bayas de Goji Orgánicos', marca Prana, producto de China". En sus fundamentos indicaron que no están contempladas en el Código Alimentario Argentino.
El "Aceite de Nuez, PureWalnutOil, Omega 3-6-9 y vitaminas" y "Aceite de Nuez Frutado, PureFruityWalnutOil. Omega 3+6+9 y vitaminas" de la marca Vita Nuss fueron observados porque "no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado". También utilizaron el símbolo de Alimento Libre de Gluten sin estar registrado como tal.
Por otra parte, se prohibió la comercialización del "Mix de Especias, 7 Especias, Tridosha – Mayadevi", por no tener autorización para elaborar alimentos libres de gluten y utilizar ese símbolo sin estar registrado.