miércoles 24 de abril de 2024

El gobierno fijó un precio para el crudo hasta fin de año, pero no congela las naftas

martes 19 de mayo de 2020

Mediante la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 488/2020, el gobierno finalmente confirmó que las entregas de petróleo crudo que se efectúen en el mercado local deberán ser facturadas por las empresas productoras y pagadas por las empresas refinadoras y sujetos comercializadores, tomando como referencia para el crudo tipo Medanito el precio de USD 45 el barril.
La medida, que estará vigente hasta el 31 de diciembre, tiene como fin el sostenimiento de los niveles de actividad y de producción registrados durante el año 2019.
Durante este plazo, las refinadoras y sujetos comercializadores deberán adquirir el total de la demanda de petróleo a las empresas productoras locales, no pudiendo efectuar operaciones de importación de productos que se encuentren disponibles para su venta en el mercado interno o respecto de los cuales exista capacidad efectiva de procesamiento local.
El Decreto en cuestión no hace mención al valor de los combustibles en el surtidor, aunque se descuenta que en las actuales condiciones -con caídas significativa de ventas- estos no se modificarán. No obstante, establece que los incrementos en los montos de los impuestos específicos que los gravan, surtirán efectos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, a partir del 1° de octubre de 2020 inclusive.