martes 16 de abril de 2024
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Aseguran que la movilidad jubilatoria será trimestral, atada al salario y a la recaudación

jueves 15 de octubre de 2020

Consensuada en el oficialismo, en el Congreso ya hay una propuesta de movilidad de las jubilaciones y pensiones del régimen general y demás prestaciones sociales que, de ser aprobada, regirá desde enero de 2021.

En total la movilidad comprende a 18 millones de beneficios entre jubilados, pensiones no contributivas, asignaciones familiares, AUH y PUAM (Pensión al Adulto Mayor).
La propuesta se basa en la fórmula que rigió entre 2009 y 2017, con variantes. Así, los aumentos serán trimestrales -no semestrales como se habia planteado en un primer borrador- y se formarán en un 70% por la variación de los salarios (RIPTE) y en un 30% por la recaudación tributaria con destino a la Seguridad Social por beneficiarios (sin moratoria). Y se tomarán los índices RIPTE y de recaudación no con un retraso de 6 meses sino del trimestre anterior.
Por ejemplo, si se aplicara en marzo 2021, se tomarán los índices del cuarto trimestre, es decir, octubre-diciembre. El aumento resultante tendría un límite dado por la variación de la Recaudación total del sistema previsional, por beneficiarios (sin moratoria).
A su vez, habrá una cláusula que autorizará a la ANSeS a otorgar un bono diferenciado por rango de haberes si la inflación supera la variación de la Recaudación Total de la ANSeS (RT). Ese bono no se integrará al haber mensual, lo que al ser extraordinario no compensa la diferencia en menos con relación a la inflación, que se mantiene así en el tiempo.
De ponerse en práctica esta fórmula, se consolidaría el retroceso previsional y de Seguridad Social sufrido en los últimos tres años. Hasta septiembre, las jubilaciones y pensiones mínimas tuvieron una pérdida del 14,8% y las más altas un retroceso del 21,8%.

Luego, a fin de 2017, esta fórmula se modificó con aumentos trimestrales según la variación de la inflación (70%) y RIPTE (30%) pero se aplicaba con un retraso de 6 meses y en el empalme de ambas fórmulas quedó afuera un período. El resultado fue una pérdida jubilatoria durante 2018 y 2019 del 19,5%.
A su vez, a fin de 2019, se aprobó una ley de Emergencia, anulando los aumentos ya devengados del segundo semestre de ese año (afectación de derechos adquiridos) y el Presidente quedó facultado para dar aumentos por decreto que resultaron inferiores a los de la fórmula anterior. Eso perjudicó a todos los jubilados y pensionados y en especial a los de haberes medios y más altos.
Como pasó con la fórmula de 2009/2017, según ASAP (Asociación Argentina de Presupuesto), el cálculo de los índices con esa cantidad de variables es más que complejo, casi imposible de verificar incluso entre los especialistas por la falta de acceso en tiempo y forma a todos los componentes de la formula.
Otros sectores del oficialismo habían planteado que la movilidad se aplique cada 3 meses y se base, alternativamente, en la evolución de la inflación (IPC del INDEC) y el RIPTE, de ambos el más favorable a los jubilados, de manera de que no pierdan poder adquisitivo. Pero no prosperó.
Estas variantes de movilidad no incluyen a las jubilaciones especiales, como docentes y docentes universitarios, que se jubilan con el 82% y se ajustan por la variación salarial del sector.