sábado 20 de abril de 2024
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Propietarios del Rincón Club de Campo piden la suspensión de la asamblea convocada

lunes 09 de noviembre de 2020

Un grupo de propietarios del Rincón Club de Campo dieron a conocer una nota en la que "se oponen a la asamblea convocada por el club y piden su suspensión".

La nota enviada a los medios expresa textualmente lo siguiente:
En efecto; conforme se ha hecho conocer por los medios, ya hay voces contrarias a que se destine por 20 años las 8 has. que permiten que el club cuente con una cancha de golf de 18 hoyos, por lo cual la siempre voluble voluntad política puede cambiar en ese sentido, colocándonos frente a un acuerdo promiscuo en desprendimientos y obligaciones y que, vale decirlo, desconoce la no
menor importancia de la posesión ejercida por muchísimos años en el sector costero.
La ley defiende la posesión, aunque quien la ejerza no tenga título o derecho, lo cual creo no es el caso. No obstante, quien la reclame, aunque sea el dueño, la tiene que reclamar judicialmente. No la puede tomar por sí, amenazándose con usar una topadora, como se ha anunciado.
El art 2239 del Código Civil y Comercial establece que: “Un título válido no da la posesión o tenencia misma, sino un derecho a requerir el poder sobre la cosa. El que no tiene sino un derecho a la posesión o la tenencia no puede tomarla; debe demandarla por las vías legales”. Más claro imposible. Por lo cual creemos que no debemos apresurarnos a un cierre que, en los hechos, implica desconocer la posesión que indudablemente se ejerce hace décadas así como también los derechos que emergen por haber realizado obras y mejoras (la calle que bordea la costa, la iluminación, el primer terraplén levantado por los socios que desarrollaron el emprendimiento hace 45 años, etc.) que habilitan la solución del art. 1963 del mencionado Código Civil y Comercial, en cuanto dispone que: “Quien construye en su inmueble, pero de buena fe invade el inmueble colindante, puede obligar a su dueño a respetar lo construido, si éste no se opuso inmediatamente de conocida la invasión”.
Dudamos que pueda achacarse mala fe a un consorcio de propietarios que ha hecho mejoras para sus socios, a más de agregar un punto que no es menor: en los visados de los planos de los frentistas a la calle de la costa la propia municipalidad ratifica a dicha arteria como “calle interna”, situación que además generaría la posibilidad que dichos propietarios se agraviaran no sólo contra la municipalidad sino contra el propio club frente al innegable cambio en las condiciones del entorno donde se encuentran sus viviendas familiares.
Ahora bien, sin desconocer el esfuerzo que ha realizado el Directorio para alcanzar un acuerdo con las destempladas autoridades
municipales, entendemos que es arbitrario y cuestionable el valor del m2 que se ha establecido para comprar la superficie propuesta por la municipalidad, toda vez que dicho monto de $ 21.072 está muy lejos de recientes valores tasados por el Tribunal
de Tasaciones, por ejemplo en el Paseo de la Costa, aledaño a la isla 132, donde se ha valuado entre $ 2.000 a $ 5.000 el m2 de bienes destinados a emprendimientos inmobiliarios, con el agravante que en nuestro caso la superficie a comprar está destinada a circulación y no al emplazamiento de una construcción, por lo cual no tiene ningún valor comercial, como se ha interpretado con una valuación tan irrazonable.
Tampoco sirve de ejemplo la tasación realizada sobre terreno expropiado en el sector de Avda. Olascoaga y el río Limay en tanto allí se expropió un sector de una vivienda particular, situación distinta a nuestro caso, donde estaríamos comprando una superficie afectada a una calle, sin ningún valor inmobiliario.
Advertimos además otros puntos que requieren mayor análisis, en tanto en primer lugar no se ha establecido el costo del suministro de materiales para iluminar 1.600 metros de paseo costero, por lo cual se está asumiendo una obligación de incierta magnitud. En segundo término, no se ha medido el impacto ni la imposibilidad material de utilizar como avenida un terraplén que no es apto para circulación vehicular según los informes técnicos de la AIC (los vehículos de la guardia deben ir por abajo) donde se emplazaría una calle de doble circulación más una senda peatonal y una bicisenda, poniéndose en riesgo la defensa existente, sin la cual muchas viviendas se anegarían.
Tampoco se observa que las autoridades municipales tengan un plan integral sobre todo el sector de la ribera, desconociéndose cual es la idea, por ejemplo, sobre el área ribereña de los barrios Bocahue y Rincón de Emilio, toda vez que por elementales razones debería plantearse una solución conjunta, siendo tan injusto como inaceptable que el conflicto se centre con nuestro barrio.