viernes 26 de abril de 2024

Nuevas habilitaciones y zonas en el Parque Nacional Lanín

sábado 19 de septiembre de 2020

La Intendencia del Parque Nacional Lanín informa que en el marco de las nuevas medidas de flexibilización de la cuarentena contempladas en la Decisión Administrativa Nº 1440 del Gobierno Nacional, en consonancia con el Plan de Reactivación Turística de la Provincia de Neuquén, y la aprobación del Plan de Reapertura Parcial Fase 2 del Parque Nacional Lanín; a partir de hoy se amplían nuevas áreas, incluyendo la opción por parte de los visitantes de contratar servicios de guías y prestadores habilitados en el Área Protegida.
Las nuevas actividades y sitios que se habilitan en la zona sur del Parque Nacional Lanín, sumadas a las informadas anteriormente serán:
?Circuito TROMPUL Y PIL PIL
Actividades. Trekking – Bicicleta Recreativa – Resto y proveeduría – picnic en áreas de uso diurno
?Circuito QUILA QUINA
Actividades. Trekking – Bicicleta Recreativa – Resto y proveeduría – picnic en áreas de uso diurno y Cabalgatas guiadas
?Circuito CHACHIN – PUCARA – HUA HUM
Actividades. Trekking – Bicicleta Recreativa – Resto y proveeduría – picnic en áreas de uso diurno.
?Circuito LOLOG
Actividades. picnic en áreas de uso diurno.
?Circuito FILO HUA HUM
Actividades. Trekking – Kayaks- Canoas y Lanchas a motor – Resto y proveeduría – picnic en áreas de uso diurno y Cabalgatas guiadas.
?Circuito LAGO HERMOSO
Kayaks- Canoas y Lanchas a motor – picnic en áreas de uso diurno
INDICACIONES GENERALES
No está permitido el pernocte recreativo o turístico en ninguna área del parque.
Todas las actividades descriptas deberán realizarse según los protocolos sanitarios establecidos para cada actividad y las recomendaciones de la autoridad sanitaria en la prevención del virus COVID.
En caso de realizar una actividad cuyo uso no es sobre sendas, deberá informar a la autoridad de aplicación (por ejemplo Prefectura Naval Argentina) o bien registrarse en la Seccional de Guardaparques.
Debe considerar que el registro sólo lo podrá hacer para las sendas habilitadas en este Protocolo. No está permitido el ingreso a ninguna de las otras sendas existentes del área protegida y el registro en cualquiera de las sendas no autorizadas es bajo su entera responsabilidad.
La pesca deportiva deberá realizarse solo en los lagos autorizados prohibiéndose totalmente la pesca en ríos, arroyos, desembocaduras y embocaduras de estos. Asimismo la práctica deberá regirse de acuerdo al reglamento de pesca de la pasada temporada.