jueves 28 de marzo de 2024
ENTERATE DE TODO AL INSTANTE. Sumate a la comunidad de NoticiasNQN en WhatsApp

Las nuevas actividades exceptuadas del aislamiento social

sábado 16 de mayo de 2020

El gobierno nacional dispuso ampliar el listado de servicios exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio, tales como las actividades religiosas individuales en lugares de culto, en todo el territorio nacional con excepción del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
Según una disposición del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, que será publicada en las próximas horas en el Boletín Oficial, se permitirán -en todo el país menos en el AMBA- las "".
La norma aclara que "en ningún caso, tales actividades podrán consistir en la celebración de ceremonias que impliquen reunión de personas".
Asimismo se autorizan las siguientes actividades en todo el país, menos el AMBA, donde hay mayor circulación del virus:

• Fabricación y provisión de insumos y repuestos indispensables para la prestación del servicio de transporte ferroviario, aéreo, fluvial o marítimo y cualquier otro que sea necesario para el mantenimiento de formaciones ferroviarias, embarcaciones, buques y aeronaves.

En tanto, en la misma disposición, se autoriza en todo el país la actividad del personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), de los profesionales y técnicos especialistas en seguridad e higiene laboral, las actividades de las concesionarias de los corredores viales nacionales, incluido el cobro de peaje, y la actividad aseguradora desarrollada por compañías aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios.
Para todos los casos, la norma aclara que "los desplazamientos de las personas deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados".
"En todos los casos se deberán observar las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria con el fin de evitar el contagio, incorporando protocolos sanitarios, organización por turnos para la prestación de servicios y adecuación de los modos de trabajo y de traslado a tal efecto", aclara la disposición que lleva la firma de Cafiero.
Aclara también que "las personas alcanzadas por esta decisión administrativa, con excepción de los feligreses que asistan a los establecimientos de culto deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19".
En tanto, a los trabajadores de la Anses se los habilita a "uso del servicio del transporte público de pasajeros interurbano e interjurisdiccional".