miércoles 24 de abril de 2024

La Comisión Especial solicitó la apertura del jurado de enjuiciamiento para el Fiscal del caso Santiago Terán

jueves 01 de octubre de 2020

En el día de hoy se reunió la Comisión especial de Jurado de Enjuiciamiento en el marco del Expediente "TERAN SANTIAGO S/ JURADO DE ENJUICIAMIENTO”, presidida por la Vocal María Soledad Gennari e integrada por el Diputado Fernando Adrián Gallia y el Abogado designado por la Honorable Legislatura, Gino Alberto Facci.
En la oportunidad, se resolvió por unanimidad solicitar la apertura del proceso constitucional contra el Fiscal del Caso de la II Circunscripción Judicial, Santiago Terán respecto de las denuncias presentadas por el Fiscal General José Gerez, el Diputado Mansilla. De igual manera se solicitó la apertura del proceso en referencia a la denuncia presentada por el Sindicato de Empleados Judiciales del Neuquén (SEJUN) por las declaraciones efectuadas por el Fiscal Terán luego del homicidio de un niño de 8 años en Cutral Co.
Con respecto a las denuncias formuladas por Gerez y Mansilla sobre la base de las entrevistas que Terán brindo a diversos medios periodísticos municipales, provinciales y nacionales, el Acta señala que “las expresiones del denunciado, en cuanto estimula o propone acciones individuales y violentas de las mujeres víctimas de violencia de género en (…) no sólo repulsa todo sentido común, sino que implica el total desconocimiento de los lineamientos constitucionales previamente citados y las actividades que se vienen desarrollando dentro de su propio ámbito laboral”.
“La fomentación de ese comportamiento violento –continúa - no sólo contraviene el Régimen de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia familiar (…), sino que quita todo sentido a la función que representa como Fiscal, ya que propiciaría una justicia por mano propia, alentando a que el potencial conflicto se resuelva por el uso de la fuerza, prevaleciendo la voluntad de la persona que acceda a un arma más letal o sea más veloz”.
La resolución indica, además, que “la conducta desplegada por el denunciado, no se condice en absoluto con las exigencias que debe observar, no sólo en su vida diaria como varón e integrante de un orden social que busca la igualdad y no discriminación de la mujer, sino que además la situación se agrava en vistas a que se trata de un funcionario cuyas competencias procesales (entre otras) están vinculadas con la defensa de mujeres y niñas víctimas de delitos”.
En cuanto a la denuncia realizada por el SEJUN referida a las declaraciones que el Fiscal Terán realizó en octubre de 2019, luego del homicidio de un niño de 8 años en Cutral Co, el Acta señala que a los Gendarmes que hipotéticamente ingresen sin orden escrita en su morada; implica un desconocimiento de las garantías constitucionales más básicas, como ser la inviolabilidad del domicilio (art. 18 CN), como así también las normas bajo las cuales se regulan tales ingresos (cfr. arts. 143, 145 y concordantes del C.P.P.N.). Si a ello se le suma la intemperancia de sus expresiones, que bajo un léxico inaceptable descalifica a las Organizaciones de Derechos Humanos, pretende la implantación de la pena de muerte por delitos de narcotráfico, a la vez que acusa a un entonces candidato a Gobernador de la Provincia de Buenos Aires de “vendedor de drogas”, o generalizando en términos despectivos a jueces que en determinados casos no hacen lugar a prisiones preventivas, acusándolos de falta de sentido común o de no conocer las leyes; me permite concluir en la verosimilitud de la pretensión que se erige en este aspecto de la denuncia”.