viernes 29 de marzo de 2024
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El TSJ ratificó la constitucionalidad de la ley que permite la extensión de la prisión preventiva en el marco de la pandemia

jueves 06 de agosto de 2020

La Sala Penal del TSJ, integrada por Alfredo Elosu Larumbe y María Soledad Gennari, resolvió hoy declarar la inadmisibilidad de la impugnación presentada por la defensa pública contra el fallo del Tribunal de Impugnación que confirmó la extensión de la prisión preventiva de Maximiliano Mergola. Ratifica así la constitucionalidad de la Ley N° 3234 que prevé la extensión de la prisión preventiva hasta un plazo máximo de nueve meses.
La Resolución señala que “la ley N° 3234, reconoció una situación de extrema gravedad e impacto a nivel mundial, cuya derivación -en lo que aquí interesa- implicó el diferimiento de los juicios orales por razones de prevención sanitaria; pero aun así mantuvo inalterada su aspiración a conservar y reconocer el derecho de todo imputado a que su detención provisional no se prolongue más allá de un límite temporal acotado y específico, fijando para ello un término infranqueable, acorde a esta situación. (…) lejos de existir una contracción del derecho fundamental al juzgamiento y a la detención cautelar conforme al sistema de plazos máximos establecidos por Ley, tal garantía queda inalterada frente al compromiso de establecer un límite preciso e insuperable para estas particularísimas circunstancias”.
Además, la resolución indica que “el dictado de la ley 3234 no implica un retroceso en el reconocimiento de la titularidad de los derechos de jerarquía constitucional de los imputados, dado que por su carácter de norma excepcional, sus efectos solo limitan el ejercicio de los mismos durante un lapso temporal razonable, sin efectuar discriminaciones arbitrarias, y en los límites estrictamente necesarios para el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por el Estado Argentino”.