jueves 25 de abril de 2024

El sindicato de Comercio acordó que los empleados suspendidos cobren el 75% del sueldo

miércoles 06 de mayo de 2020

El gremio de Comercio, el más numeroso del país, firmó con las cámaras empresarias un acuerdo para que los trabajadores de ese sector suspendidos por el parate económico de la cuarentena perciban durante 60 días el 75% de su salario.
Fuentes involucradas directamente en la negociación. El acta con el convenio entre el sindicato y las cámaras patronales fue firmada este martes por la noche.
A tono con lo que había acordado el gremio metalúrgico, los empleados mercantiles suspendidos por razones de fuerza mayor -según el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo- tendrán una remuneración que no podrá ser menor al 75%.
El "recorte" salarial para los trabajadores suspendidos se complementará con una de las medidas tomadas por el Gobierno para mitigar los efectos de la cuarentena en empresas pequeñas y medianas que afronten problemas financieros y para el pago de salarios.
El Ministerio de Trabajo ya había adelantado, además, que apoyaría este tipo de convenios firmados entre sindicatos y cámaras empresarias y aclaró que los acuerdos deberían ser además ratificados por empresa.
El acuerdo firmado este martes por la noche asegura que las empresas que tomen la decisión de suspender personal "deberán mantener su dotación de trabajadores sin alteraciones ni despidos" durante los dos días que tenga vigencia el convenio.