miércoles 24 de abril de 2024

El flete de Cristina: La Justicia confirmó el procesamiento por usar aviones oficiales para llevar muebles a El Calafate

miércoles 28 de septiembre de 2022

La Sala I de la Cámara federal porteña confirmó el procesamiento por peculado contra Cristina Kirchner por haber utilizado aviones de la flota presidencial, cuando era presidenta, para el traslado de muebles para sus hoteles en El Calafete.
Por otro lado, el camarista Mariano Llorens se refirió a una "falta de ética" por haber utilizado el mismo medio de transporte para llevar diarios al sur y pidió que todas las causas penales contra la vice, se miren desde "una perspectiva integral y conjunta (...) que pusieron en evidencia la instrumentación de un esquema de corrupción estatal, instaurado entre los años 2003 y 2015".
La decisión de los camaristas Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia se dio luego de que la Cámara de Casación, máximo tribunal penal, les pidiera que vuelvan a pronunciarse. Es que el abogado de la vice, Carlos Beraldi, había rechazado la confirmación del procesamiento con un tecnicismo. Consideraba que la Cámara de Apelaciones omitió tratar su reclamo de nulidad de la investigación y que no fue tratada.
La queja de Cristina Kirchner es que el ex juez Claudio Bonadio "no tenía que investigar el caso". El expediente tuvo origen después de que el fallecido juez le tomó testimonio como arrepentido en el caso Cuadernos a Sergio "El Potro" Velázquez -ex piloto de la flota presidencial. Bonadio , con esas declaraciones, realizó lo que se conoce como "Extracción de testimonio" para que se dé inicio a una nueva causa.
La vicepresidenta sostuvo en su reclamo que Bonadio no debía investigar el caso sino que se tenía que sortear y quedar en manos de otro magistrado. En cambio, Bonadio se la quedó por una cuestión de conexidad.
Al analizar estos argumentos, la Sala II de la Cámara de Casación integrada por los jueces Alejandro Slokar, Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci, le dieron la razón a la vicepresidenta. Por ese motivo ordenaron "anular la resolución por arbitrariedad", dejando sin vigencia el procesamiento por peculado.
Con la resolución anulada, la Cámara de Apelaciones volvió a revisar el caso. No sólo confirmó que el fallecido juez Bonadio intervino correctamente en el expediente, sino que volvieron a señalar que Cristina Kirchner era responsable del delito de peculado de uso, es decir, utilizó bienes del Estado para beneficio personal.
Así fue que la Sala I confirmó lo ya dicho: encontró a la ex Presidenta responsable del delito de peculado en carácter de partícipe, señalando que "se utilizaron con fines indebidos los aviones asignados a la Agrupación Aérea presidencial".
En la resolución se sostuvo: "Los testimonios y las pruebas conforman un cuadro probatorio sólido y suficiente que, resultan suficientes para afirmar la utilización de los aviones pertenecientes a la flota presidencial, para fines privados y/o particulares, vinculados al traslado de muebles, artículos de decoración, cables y otros elementos, cuyo destino final era la ciudad de El Calafate, ciudad en la que se sitúan los hoteles de propiedad de la familia Kirchner".
Los camaristas ya habían referido a esta conducta como "uno de los ejemplos más obscenos, por su sin sentido, de derroche de fondos públicos".
Se indicó que por su calidad de Jefe de Estado y Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, Cristina Kirchner "estaba por sobre cualquier autoridad para disponer de los bienes en cuestión. Tanto ella, como su familia, eran los beneficiarios directos de la utilización de los servicios pagados con el presupuesto nacional" ?y que tal comportamiento "permite tener por acreditados" los hechos investigados.
El juez Mariano Llorens agregó que "la carga y la estiba de los aviones-, se vieron contrarrestados a partir de la omisión de consignación de la clase de elementos trasladados para los hoteles pues, esa información no fue consignada en las órdenes de transporte aéreo (OTA), que sólo se limitaban a indicar el peso de la carga transportada. Tal extremo no hace más que evidenciar, una omisión deliberada orientada a ocultar la descripción real de las cargas despachadas".
Sin embargo, se realizó una distinción: el peculado se consideró por "trasladar muebles" que tenían como destino los hoteles de la ex presidenta y no los diarios. La discusión se centró en el uso de los aviones para el traslado de muebles.
Reforzando dicho planteo, se sostuvo que "las cosas muebles, conforme algunos testimonios brindados en autos, podrían tener como destino final alguno de los hoteles de la ciudad de El Calafate, propiedad de la familia Fernández-Kirchner".
En consecuencia, Cristina Kirchner quedó acusada como partícipe necesaria del delito peculado (es decir usar bienes del Estado para beneficio personal), al trasladar muebles al sur, de "el T- 01, 02, 03, a partir de 2012 T- 04, y el T-10 de la Fuerza Aérea Argentina".
Se comprobó que de 2003 a 2015 ese movimiento de aviones oficiales, habría costado unos 600.000 dólares al Estado.
La Sala I indicó que "para desterrar este tipo de prácticas ilegítimas" se recomienda "un análisis conjunto e integral de los elementos de prueba que, recabados en el marco de otras actuaciones- tales como aquellas en las que se investiga el traslado de bolsos o valijas con dinero en efectivo (Vialidad, José López y Cuadernos)-". Se solicitó al juez del caso que evalúe si esos traslados guardan vinculación con el uso "indebido de los aviones de la flota presidencial".
La ley de fueros
El juez Llorens en su voto añadió que el uso de los aviones para trasladar diarios cuando permanecía en Santa Cruz, no califica como delito penal pero sí corresponde que dicha conducta sea analizada como un "grave falta ética" y pidió que se analice "si no corresponde dar inicio a un juicio político" por dicho comportamiento.
"La utilización de la flota aérea presidencial para recorrer los 2.500 Km. aproximados que nos separan de Río Gallegos o El Calafate, con el único propósito de acercarles los periódicos del día a los ex Presidentes en los fines de semana que allí se encontraban, no estaban eximidos de un reproche ético", dijeron los jueces.
Bajo ese mismo criterio se acusó a la vicepresidenta de "quebrar la prudencia, la mesura y la austeridad como guías indiscutibles del comportamiento que deben asumir aquellos a quienes les es confiado el ejercicio de la función pública". Se habló de un "enérgico repudio por la ambición, la avaricia, la ostentación, el refinamiento, la extravagancia y el lujo por parte de aquellos que tienen a su cargo el manejo de la cosa pública".
En otro tramo de sus argumentos pidió que dada la gravedad de los hechos, que profundice las medidas cautelares. "Se imponen la obligación de examinar la posible configuración de riesgos procesales en el marco de este legajo y, en su caso, el estudio en torno a la conservación de los fueros derivados de la función con la que los imputados fueron investidos", dijo el camarista Llorens.
Por ese motivo se sugirió al juez de instrucción que evalúe las medidas cautelares impuestas a la vicepresidenta ya que "los sucesos adjudicados representan delitos constitucionales- más precisamente, atentados contra el sistema democrático".