jueves 28 de marzo de 2024
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Cuáles son las medidas vigentes en Villa La Angostura

domingo 23 de mayo de 2021

Villa La Angostura.- En lineamiento con el DNU Nª 334/21 recientemente emitido y en concordancia con el Decreto Provincial N° 816/21, la Municipalidad de Villa La Angostura informa a través del Decreto N° 2158/21 las medidas vigentes en la localidad a partir de las 00.00hs del día 22 de mayo de 2021 y hasta las 23:59hs del 30 del corriente año y mes.

  • Se prohíbe la circulación de personas en los horarios comprendidos entre las 18.00 y las 7.00hs.
  • Solo podrán estar abiertos los locales comerciales esenciales en el horario de 8.00 a 18.00hs.
  • Farmacias de turno y estaciones de servicio podrán funcionar las 24hs.
  • Locales gastronómicos (restaurantes, rotiserías, etc.) podrán trabajar y atender clientes hasta las 18hs con la modalidad “reparto a domicilio “y “retiro en puerta”. Y entre las 18hs y las 23hs exclusivamente con la modalidad “reparto a domicilio”. Queda prohibida la atención personalizada en el interior del local.
  • En los comercios y/o lugares de asistencia masiva (supermercados, almacenes, etc.) se permite solo el ingreso de una persona por grupo familiar.
  • Se ratifica la prohibición total de realizar reuniones sociales de cualquier tipo.
  • Se establece la prohibición de la atención presencial de la administración pública, priorizándose el tele trabajo cuando fuera posible.
  • Es de vital importancia la aplicación y cumplimiento de todos los protocolos establecidos por el sistema de salud, solo de esa manera podemos disminuir las posibilidades de contagio. La salud de nuestro pueblo requiere de nuestro firme compromiso y conciencia.

Se comunica además que las disposiciones contenidas en la presente norma podrán ser modificadas o suspendidas, en forma parcial o total por la autoridad de aplicación de la emergencia sanitaria provincial en caso de evolución epidemiológica negativa. A su vez, se notifica que el control será facultad ineludible de las fuerzas de seguridad y personal de las distintas áreas municipales.
Se recuerda que ante el incumplimiento de las medidas protocolares y lo expuesto en el presente decreto se faculta a las autoridades pertinentes a aplicar multas, sanciones y realizar sanciones.