sábado 20 de abril de 2024
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En Neuquén solo se podrá circular de 8 a 20 hs en toda la provincia

domingo 22 de marzo de 2020

Neuquen.- Desde hoy (domingo 22 de marzo) solo se podrá circular entre las 8 y las 20 solo para la provisión de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos. Además, se estableció un horario de atención al público de 9 a 19 en todos los locales comerciales.

El decreto 0390/20 hace referencia a los desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos dispuesto en el artículo 1º del decreto 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional.
El decreto establece también que en todos los casos en que suceda la concurrencia de personas, deberá respetarse el distanciamiento social obligatorio de al menos 1 metro entre cada una de las personas.
La norma legal también determina que la Policía Provincial demorará, hasta dar aviso al Ministerio Publico Fiscal y que éste tome debida intervención , a las personas que incumplan las presente norma y las de emergencia sanitaria dictadas en general.


En el caso de los se establece que aquellos agentes públicos que incumplan con este decreto y todas las normas dictadas en el marco de la emergencia sanitaria, “que tales conductas serán consideradas falta grave, debiéndose disponer su baja automática o inicio de sumario, según corresponda”.
También se estableció la prohibición del ingreso y egreso de los aeropuertos de la provincia sin previa autorización de la Policía Provincial, quien previa consulta con el ministerio de Salud y el de Gobierno y Seguridad,
Por último, el decreto invita a los municipios y comisiones de fomento a adoptar medidas similares.
Estas decisiones fueron fundadas en el contexto de aislamiento social, preventivo y obligatorio desde el 20 al 31 de marzo inclusive, durante el cual las personas deberán permanecer en sus residencias habituales o en la residencia donde se encuentren, debiéndose abstener de circular, previniendo así el contagio del virus COVID-19 y la consiguiente afectación a la salud pública y los demás derechos subjetivos derivados, tales como la vida y la integridad física de las personas.Los considerandos de la norma legal también hacen referencia a la “pesistencia de circulación de personas en la provincia hacen necesario el dictado de la presente norma adoptando las medidas tendientes a brindar la máxima protección posible a la ciudadanía”.

El decreto refiere también al artículo 134º de la Constitución Provincial, que establece la obligación de la Provincia de velar por la salud e higiene pública, especialmente en lo que se refiere a la prevención de enfermedades; y al artículo 214° inciso 3 de la carta Magna neuquina que faculta al Poder Ejecutivo a expedir las instrucciones, decretos y reglamentos necesarios para poner en ejercicio las leyes de la Provincia.