martes 23 de abril de 2024

Código Procesal de las Familias

jueves 05 de mayo de 2022

Neuquén.- Presentaron una iniciativa de Código Procesal de las Familias con el objetivo de contribuir a la discusión normativa de reformas al Código Procesal Civil y Comercial de la provincia que llevará adelante la Comisión Interpoderes, creada por resolución 1155. La propuesta tiene como eje la figura del juez o jueza de Familia en todos los procesos y es impulsada en forma particular por Alicia Comelli y Juan Manuel Menestrina, en carácter de profesionales del derecho.
El anteproyecto de Código Procesal de las Familias consta de 152 artículos y está dividido en una parte general y otra especial. La parte especial contiene 13 capítulos que puntualizan sobre la capacidad jurídica; tutela y curatela; nombre; inscripciones; alimentos; régimen de comunicación; responsabilidad parental; matrimonio y divorcio; filiación; adopción; tutela urgente; homologaciones y procesos voluntarios; y procesos incidentales.
En la nota de elevación, Comelli y Menestrina enmarcan la propuesta en la experiencia adquirida en el ejercicio de la profesión y de la función pública, y en el trabajo realizado en la redacción de leyes que ampliaron derechos a niños, niñas y adolescentes, mujeres y colectivos vulnerables.
Agregan que la iniciativa “implica concretar un profundo cambio en las relaciones sociales en el tema familia”, con un correlato en políticas públicas basadas en la prevención, contención y desarrollo de las infancias y adolescencias. “El sistema de justicia no es ajeno, todo lo contrario: porque más allá del derecho de fondo, es el ‘procesal’, el que subsume al ciudadano en la esfera de la justicia”, sostienen.
Por otro lado, explican que la propuesta se centra en el rol del juez o jueza, y entienden que los letrados, gabinetes interdisciplinarios y demás auxiliares, son colaboradores de la justicia.
“Consideramos que en materia de derecho de familia, el Juez debe ser un auténtico director del proceso, reconociendo las desigualdades que muchas veces se presentan en la realidad durante la tramitación de juicios, revistiéndole la legislación de potestades para lograr la búsqueda de la verdad material u objetiva”, señalan.