viernes 19 de abril de 2024
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Ciudadanía italiana: modificaron el trámite y ahora será más fácil obtenerla

jueves 23 de junio de 2022

El Embajador argentino ante la República Italiana, Roberto Carlés, informó que “en el día de hoy (por el miércoles 22 de junio), recibieron “una nota del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Italiana, por medio de la cual se notifica a la Embajada de la República Argentina el contenido de la circular que el Ministerio del Interior italiano enviará a los municipios de este país, con las instrucciones para verificar la validez de las actas digitales y del apostillado electrónico emitidos por autoridades argentinas”.
En síntesis, la AGID evidenció que las actas argentinas en formato pdf y firmadas con firma digital constituyen documento original. En consecuencia, la AGID determinó que DEBEN SER RECIBIDAS LAS ACTAS CIVILES CON APOSTILLA ELECTRÓNICA EMITIDAS A PARTIR DEL 15 DE ABRIL DE 2019.
Para las emitidas antes de esa fecha, los ciudadanos deberán requerir una nueva apostilla, o la certificación de la validez de las actas, al consulado argentino que corresponda.
Esta información será enviada por el Ministerio del Interior italiano a todos los municipios. Para evitar más demoras las ciudadanas y los ciudadanos argentinos podrán presentar en los municipios esta nota en la que se anticipó a la Embajada argentina el contenido de la circular.
Entre los argentinos que quieren pedir un turno para la obtener la ciudadanía, o completar otros trámites ante el consulado, es
La situación no es ajena al embajador, según indicó, pero destacó que la novedad que se comunicó “resuelve los problemas de quienes están en Italia tramitando su ciudadanía”. “Sobre la atención de los consulados italianos, más que señalar lo que ocurre y nuestra preocupación por ello (cosa que hemos hecho reiteradamente) no podemos hacer.”, destacó.
Las solicitudes o declaraciones dirigidas a la elección, adquisición, readquisición o concesión de la ciudadanía (por ejemplo, ciudadanía por matrimonio) permanecen en cambio sujetas al pago de la tasa de 300 € ($35.583, según la tabla de conversión hasta el 30 de junio), previsto por el artículo 9 bis de la Ley n. 91/1992.